Es el “Reglamento que regula la actividad de perifoneo y otras fuentes emisoras de sonido dentro de la jurisdicción de la Municipalidad del cantón San José”, el cual según el artículo 4 dice: “Nadie podrá ejercer la actividad de perifoneo y similares dentro de la circunscripción territorial de la Municipalidad de San José, sin contar con la respectiva licencia municipal”.
Con esto solo los que tengan licencia especial (otorgada por la Muni) podrán hacer bulla, pero de lunes a viernes de 9 de la mañana a 5 de la tarde, además, se prohíbe los sábados, domingos y días feriados.
Fijate vos que los establecimientos comerciales tienen totalmente prohibido el funcionamiento de altoparlantes o cualquier otro artefacto similar, o bien, mediante la animación de DJ en vivo u otros medios de radio difusión con sistemas de amplificación de sonido afuera de sus establecimientos; sí como en la vía pública, incluyendo aceras.
Aunque tenga licencia para perifonear, no lo podrán hacer en un radio de 100 metros en los alrededores de hospitales, centros de enseñanza, iglesias, capillas de velación o áreas designadas por el Ministerio de Salud como de “tranquilidad excepcional”. (Fuente La Prensa Libre)
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